martes, 13 de noviembre de 2012


Derecho a la vida


El derecho a la vida es el que tiene cualquier ser humano por el simple hecho de existir y estar vivo; se considera un derecho fundamental de lapersona. Otras personas también exigen el derecho a la vida para los animales que no pertenecen a la especie humana, son los llamados defensores de los derechos animales.
La vida es el derecho más importante para los seres humanos. La vida tiene varios factores; la vida humana en sus formas corporales y psíquicas, la vida social de las personas por medio de la cual estos realizan obras en común y la vida de la naturaleza que relaciona a los seres humanos con las demás especies vivientes. Entonces cuando este derecho es regulado son tomados en cuenta estas tres facetas de la vida que están divididas pero se toman como un todo al momento de ser reguladas, es decir, el correcto cumplimiento de estos tres puntos dentro de lo que representa el respeto por este derecho hacen que el ser humano no solo sobreviva (que tenga funciones vitales, sino que viva plenamente, que sugiera una integridad).


El derecho a la salud


El derecho a la salud obliga a los Estados a generar condiciones en las cuales todos puedan vivir lo más saludablemente posible. Esas condiciones comprenden la disponibilidad garantizada de servicios de salud, condiciones de trabajo saludables y seguras, vivienda adecuada y alimentos nutritivos. El derecho a la salud no se limita al derecho a estar sano.
El derecho a la salud está consagrado en numerosos tratados internacionales y regionales de derechos humanos y en las constituciones de países de todo el mundo.

Derecho al descanso, el esparcimiento, el juego,la recreativo


 Los integrantes de grupo pertenecemos a distintas disciplinas; hemos cruzado historias laborales y preocupaciones diarias, sintiendo por momentos cierta sensación de parálisis al analizar este modelo de exclusión social, de deslegitimación del trabajo y de las expectativas, de confusión mediática de los valores, que enajena nuestras personas y debilita nuestra fortaleza social. Desde este replanteo, tal vez de orden ético, analizamos que es factible redefinir necesidades y satisfactores y diseñar estrategias de cambio. En ese contexto leímos y analizamos los Derechos del Niño comentando sus jerarquías, prioridades e influencias sobre el desarrollo de las personas. Finalmente elegimos uno que, que desde la mirada adulta, parecía secundario. Pero... cuál es el ejercicio primero del niño o niña cuando nace sino el contacto piel a piel con su madre, el juego vocal sonoro, el de la imitación de los movimientos, el del amigo invisible, etc. ? ¿Qué significa eso a lo largo de un proceso de socialización que permita interactuar y construir conocimiento? ¿Qué pasa cuando está limitado el pleno derecho a satisfacer esas necesidades y cuáles son los riesgos para su desarrollo en el ámbito escolar, familiar, y en el contexto social en general?. Subrayar la posibilidad de jugar como un derecho es reconocer que: 1° Se valora una expresión de comunicación y conocimiento necesario para el desarrollo integral de la persona. 2° Se redefinen los espacios y tiempo de descanso y esparcimiento en función de ese derecho.


Derecho a la Protección

Todos los niños, niñas y adolescentes necesitan protección. Hay quienes, por circunstancias especiales, necesitan mayor contención y apoyo que otros,  y el Estado y la sociedad deben brindar una atención especial. Cuando se piensa en la “protección especial”, conforme la CDN  se está refiriendo a aquellas personas que tienen menos de 18 años de edad, que pueden tener sus derechos fundamentales fuertemente amenazados o abiertamente violados de diversas maneras. Son circunstancias o hechos especiales que demandarán medidas especiales de protección para equiparar en el cumplimiento de derechos a todos los niños y niñas, además del ejercicio y cumplimiento de las políticas públicas universales con énfasis en la prevención y la detección oportuna y precoz.

Derecho a la educación



El derecho a la educación primera Relatora Especial de la Organizacion de las Naciones Unidas sobre el derecho a la educación, Katarina Tomasevski, habla de cuatro dimensiones de este derecho. El esquema de 4-A (available, accesible, acceptable, adaptable del derecho a la educación brinda un marco conceptual para fijar las obligaciones de los gobiernos sobre el derecho a la educación: generar educación disponible, accesible, aceptable, y adaptable figura igualmente en la Observación general número 13 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas). Siempre realista,Tomasevski agrega "una quinta A" (afordable): realizable, porque reconoce que "Ningún gobierno puede ser obligado legalmente a hacer lo imposible [1]
El marco conceptual brinda no sólo un conjunto de indicadores claves para la gestión de la educación, sino también un esquema de monitoreo en el marco del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
Este derecho está contenido en numerosos tratados internacionales de derechos humanos pero su formulación más extensa se encuentra en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, ratificado por casi todos los países del mundo. El Pacto en su artículo 13 reconoce el derecho de toda persona a la educación.

  • Los Estados convienen en que la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su obra hacia dignidad, y debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales.
  • Convienen asimismo en que la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y entre todos los grupos raciales, étnicos o religiosos, y promover las actividades de las Naciones Unidas en pro del mantenimiento de la paz.
  • La "enseñanza primaria debe ser obligatoria y accesible a todos gratuitamente";
  • La "enseñanza secundaria, en sus diferentes formas, incluso la enseñanza secundaria técnica y profesional, debe ser generalizada y hacerse accesible a todos, por cuantos medios sean apropiados, y en particular por la implantación progresiva de la enseñanza gratuita";
  • la "enseñanza superior debe hacerse igualmente accesible a todos, sobre la base de la capacidad de cada uno, por cuantos medios sean apropiados, y en particular por la implantación progresiva de la enseñanza gratuita";
  • Debe "fomentarse o intensificarse, en la medida de lo posible, la educación fundamental para aquellas personas que no hayan recibido o terminado el ciclo completo de instrucción primaria";
  • "Debe proseguir activamente el desarrollo del sistema escolar en todos los ciclos de la enseñanza, implantar un sistema adecuado de becas, y mejorar continuamente las condiciones materiales del cuerpo docente".